Comunicados Secretaría de Economía
Comunicado 3/DGNM/2022
Ciudad de México, a 28 de febrero de 2022
Estimados Corredores Públicos:
Derivado de antecedentes de solicitudes de autorización de sellos para que los Corredores Públicos realicen sus funciones, en las cuales se requiere incluir u omitir grados académicos, se hace del conocimiento que a partir de la fecha del presente comunicado los sellos que se autoricen incluirán exclusivamente lo dispuesto en el artículo 12, fracción II, de la Ley Federal de Correduría Pública, artículo y fracción que se transcriben en su parte conducente para pronta referencia:
“ARTICULO 12.- La persona habilitada para ejercer como corredor público, previamente al inicio de sus funciones, deberá:
…
II.- Proveerse a su costa de sello y libro de registro debidamente autorizados por la Secretaría. El sello tendrá forma circular, con un diámetro de cuatro centímetros, en el centro el Escudo Nacional y alrededor de éste la inscripción de la plaza que corresponda, el número de corredor de dicha plaza y el nombre y apellidos del corredor;”
Énfasis añadido.
Sin otro particular, reciban un cordial saludo.
Mtro. Benjamín Reyes Torres
Director General de Normatividad Mercantil
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